Imagen promocional de Baleària para la ruta Nádor Sète cubierta una vez más por el buque «Regina Báltica», Foto. Baleària
FERRYBALEAR, Vicente Costa
Ya tenemos otro movimiento cantado tras la exclusión de los puertos españoles dictada por Rabat para la OPE 21 en el que Baleària mueve ficha abriendo desde el 15 de Junio el calendario de la ruta Nador-Sète en la que repite el «Regina Baltica» tras los buenos resultados cosechados el año pasado y en el que los mentideros de la rumorología afirman que el permanecer más tiempo del estipulado en Sète por parte de la naviera dianense fue uno de los detonantes por los cuales GNV entrará en menos de un mes en Baleares y ante esto in inciso, por qué es tan difícil por no decir casi imposible que una naviera española pueda entrar en Italia ò Grecia?.
El «Regina Báltica», tiene 145,2 metros de eslora por 25,2 de manga, construido en 1.980 en Finlandia, con capacidad para 1.675 pasajeros, puede albergar en su bodega hasta 350 vehículos.
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La pregunta es apropiada pero incorrecta.
¿Por qué es tan sencillo o se permite que empresas extranjeras vengan a trabajar a España? O mejor dicho, ¿Porqué es tan sencillo y se permite con más facilidades que a los nacionales que vengan y se empleen ferrys de banderas de otros países de la UE?
A los agradecidos sindicatos, que miran con sus agradecidos estómagos los sindicalistas a otro lado, los agradecidos colegios oficiales como el COMME, … a las asociaciones tipo ANAVER o CLUSTER MARITIMO ESPAÑOL actuando como lobbys nada independientes sólo buscando el beneficio de algunos de sus asociados, en este caso de uno en especial.
Pues, …. ahora todo eso se vuelve en su contra; y a ver quien es el que ahora endereza el árbol que desde su nacimiento torcieron todos.
El reglamento de la UE sobre cabotaje, que se aplica con tanto celo en todos los demás países (además de las medidas restrictivas e impedimentos que ya ponen puertos, terminales, etc. para que no entre, o no tenga ni ganas, ninguna compañía extranjera de entrar en sus líneas de Cabotaje (recuerden como la propia Grimaldi salió por piernas de Grecia vendiendo a ATTICA group todo lo que había intentando como cabotaje interno en Grecia). Sin embargo, con sólo que en España se aplicara al cabotaje insular (que incluye a Ceuta y Melilla) el eglament de la UE que obliga a que los buques en líneas de cabotaje insular deban cumplir con TODAS las cuestiones sobre tripulación igual que si fueran un barco de bandera de nuestro país …. Entonces tengan por seguro de que si se aplicara simplemente lo que dice la norma europea que es de obligado cumplimiento tendríamos todos los barcos operando con bandera española, capitanes españoles y tripulación prácticamente española, y … ya no les interesaría tanto venirse a España a hacer cabotaje insular.
Luego está la picaresca de otros países donde, al revés que en España, no son todos ventajas y mirar para otro lado cuando viene una empresa extranjera y todos con la boca abierta y asombrados como si vinieran del primerísimo mundo a deslumbrarnos tecnológicamente (con eso de que lo que vengan del primer mundo extranjero es mejor que lo nuestro). En otros países de la UE a pesar de ser de la UE lo primero es lo suyo y luego lo de los demás.
«Para los buques que efectúen el cabotaje continental y para los buques de crucero, todas las cuestiones relativas a la tripulación serán competencia del Estado en el que esté matriculado el buque (Estado del pabellón), con excepción de los buques de menos de 650 TB, a los que podrán aplicarse las condiciones del Estado de acogida.»
Reglamento (CEE) núm. 3577/92 del Consejo, de 7 de diciembre de 1992, por el que se aplica el principio de libre presentación de servicios a los transportes marítimos dentro de los Estados miembros (cabotaje marítimo).
https://www.boe.es/doue/1992/364/L00007-00010.pdf
A ver cuando la DGMM actúa y las autoridades y administraciones aplicando lo que prescribe este reglamento de la UE.
Este es el párrafo que quise copiar, que antes copié el del continental, y es el cabotaje insular el que nos afecta:
«2. En el caso de buques que realicen el cabotaje insular, todas las cuestiones relativas a la tripulación serán competencia del Estado en el que el buque efectúe un servicio de transporte marítimo (Estado de acogida).»
Reglamento (CEE) núm. 3577/92 del Consejo, de 7 de diciembre de 1992, por el que se aplica el principio de libre presentación de servicios a los transportes marítimos dentro de los Estados miembros (cabotaje marítimo).
https://www.boe.es/doue/1992/364/L00007-00010.pdf
A ver cuando la DGMM actúa y las autoridades y administraciones aplicando lo que prescribe este reglamento de la UE.
Almariya sustituyendo a Las Palmas de Gran Canarias en el Almería-Melilla después de las críticas en redes sociales y prensa melillense.
Muchas Gracias por el apunte, veremos si es algo puntual o quedará activo el «Almariya».
Saludos.
Vicente – noto que en la web de Balearia, han puesto el MARTIN I SOLER en la ruta Sete – Nador. Dos rotaciones cada 8 días. Al mismo tiempo, han cargado el mismo horario y mismo barco para Sete – Tanger-Med, aunque luego sale Nador en vez de Tanger-Med. Se supone que estan a la espera de la respuesta Marroquí. Por último, el REGINA BALTICA sigue en Almería. Un saludo desde Almería.
Hola Mike,
Parece que finalmente sólo se quedarán con el Nador-Sète, hay quién dice que no se quieren meter en más líos, por lo que desde el primero de Julio “Soler” al Nador-Sète y veremos qué pasará con el Regina y si va al Tánger Med Sète o queda en nada esta posibilidad de nueva ruta para Baleària, igual mañana Lunes se sabe algo ya más certero.
Saludos.